B) Limitaciones o prohibiciones que afectarán a las operaciones, los procesos y las exposiciones laborales a agentes que entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores. El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del patrón de protección de los trabajadores frente a los riesgos https://socialrator.com/story10121664/la-gu%C3%ADa-m%C3%A1s-grande-para-salud-ocupaciona