B) Cuando, estando en libertad de abandonar el territorio de la Parte a la que fue entregado, el inculpado haya permanecido en el más de cuarenta y cinco días sin hacer uso de esa facultad. 4. Los objetos o documentos que hayan sido enviados en cumplimiento de una comisión rogatoria https://spencerwytnv.ltfblog.com/28122374/detailed-notes-on-extradición-méxico-españa